RESUMEN DEL
CODIGO DEONTOLÓGICO
PARA
AMBIENTÓLOGOS
OBJETO:
El presente documento tiene como objetivo ayudar a la difusión y compresión de nuestro código ético de la profesión.
Para el correcto conocimiento se recomienda la lectura completa del Código Deontológico, aunque se puede hacer uso de las fichas individualmente como notas o recordatorios para orientar en el uso de las reglas éticas que derivan del Código.
CAPITULO 1: DEFINICIONES Y AMBITO DE APLICACIÓN
Los ambientólogos y ambientólogas nos hemos dotado de un conjunto de principios éticos para un correcto ejercicio profesional. Y a eso le llamamos Código Deontológico y nos afecta a todos los ambientólogos y ambientólogas.
CAPITULO 2: PRINCIPIO Y OBLIGACIONES GENERALES
2.1 No debemos olvidar que somos ambientólogos en todos nuestros actos profesionales y académicos, por lo tanto, debemos tener siempre en mente la preservación del medio ambiente y una calidad de vida actual que no comprometa la futura.
2.2 En otros países o fuera de tu cultura habitual, integra cultura, religión y costumbres locales sin comprometer en tus proyectos la dignidad de los que te rodean.
2.3 Ser ambientólogo/a es una suerte, pero también una responsabilidad. Piensa si a la hora de realizar, por ejemplo, un plan de ordenación del territorio sin la debida dedicación, eficacia, rendimiento y uso de los avances técnicos el impacto ambiental que podrías provocar por tu falta de profesionalidad.
2.4 Rechaza sobornos, regalos, tráfico de influencias y otras prebendas para ser autor y cómplice de proyectos, planes, programas y/o políticas cuyo fin sea contrario a un Desarrollo Sostenible. Ten en cuenta que, aunque vivamos de nuestra profesión, aceptar este tipo de cuestiones compromete tu futuro profesional y pone en evidencia al colectivo de ambientólogos.
2.5 No participes en la fabricación de productos o servicios que resulten una estafa a la sociedad. No uses tu condición de ambientólogo para “vender” o que “se vendan” sin el productos bajo la aureola de ecológico o verde a sabiendas que no lo son o sin investigar lo suficiente. Por ejemplo, etiquetar como ecológico un producto químico que sabemos que no es respetuoso con el medio ambiente en todas sus características.
2.6 Un ambientólogo no lo es sólo por ser Licenciado en Ciencias Ambientales, sino que, como profesional que es, debe mantener su condición de ambientólogo con un constante reciclaje en los avances científicos y técnicos.
2.7 Si realizas un trabajo y no tienes la suficiente capacidad para ello porque no dispongas de tiempo suficiente para llevarlo a cabo con profesionalidad, apóyate en colaboraciones externas de otros ambientólogos u otros profesionales.
2.8 Tu valor como ambientólogo no sólo es importante en cuestiones laborales y mercantiles. Ante catástrofes ambientales, debes ponerte al servicio de la sociedad y la Administración, al igual que hacen por ejemplo las profesiones sanitarias. Nos volcamos con el vertido del Prestige como cualquier otro voluntario, pero también deberemos hacerlo como profesionales en gabinetes de crisis.
CAPITULO 3: PRINCIPIO Y OBLIGACIONES GENERALES
3.1 Mantén una actitud profesional en todo momento hacia ti como ambientólogo, y hacia la empresa a la cual representas. Por ejemplo, si detectas riesgos ambientales en los trabajos que realizas debes informar a tu empresa o cliente.
3.2 El secreto profesional es una de las premisas que como ambientólogo has de cumplir dentro de tu ámbito laboral, no usando información de tu empresa en tu beneficio personal o en el de terceras personas. Por ejemplo, guarda confidencialidad de las informaciones que comprometan a tu empresa o cliente.
3.3 Si trabajas en varias empresas o cambias de trabajo, evalúa si por razones legales o contractuales no debes utilizar la información técnica y conocimientos adquiridos en tu anterior ocupación. Respétalo.
3.4 No desveles información sobre tu empresa o administración pública en la que trabajes que pueda suponer un beneficio de un proveedor o contratista concreto en detrimento de los otros, si no tienes la autorización para ello. No aceptes sobornos, regalos y demás prebendas de los proveedores y contratistas que pongan en peligro tu integridad, independencia y objetividad. Por ejemplo, si eres un funcionario, no desveles información a posibles empresas interesadas en concursas que les reporte un beneficio en agravio comparativo con los demás.
lt;/span>3.5 A la hora de actuar en representación de la empresa en la cual trabajas, deberás asegurarte como profesional que tienes consentimiento para realizar dicha representación, ya que no estás actuando en tu nombre, sino el de tu empresa. Te recomendamos que tu empresa o cliente te firme una hoja de encargo de trabajos profesionales que te legitime a realizar las pertinentes consultas (a la Administración, por ejemplo) en representación suya.
3.6 Ser ambientólogo y ambientóloga es sinónimo de integridad e imparcialidad profesional. Que el hecho de que tengas acciones o conexiones con terceros no implique una perdida de dicha imparcialidad. Por ejemplo, no aconsejes un gestor de residuos peligrosos a tu empresa ocultando tu relación familiar o accionarial con dicho gestor.
CAPITULO 4: OBLIGACIONES EN EL LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESION
4.1 Como profesional libre (autónomo) guarda la debida discrecionalidad y secreto profesional cuando trates asuntos que comprometan a tu cliente. Sé íntegro y aconseja honestamente a tu cliente en la mejor solución ambiental y compatible con la legislación. Si un cliente te pide ayuda a realizar una infracción ambiental, no debes airear esta cuestión con terceros, y sí convencer a tu cliente de que las consecuencias ambientales y legales serán nefastas.
4.2 Un ambientólogo o ambientóloga demuestra su profesionalidad respetando el trabajo y dignidad personal de otros compañeros ambientólogos, así como del resto de profesionales con los que interactuamos, sean jefes, compañeros o personal a tu cargo. Por ejemplo, criticar sin ningún tipo de fundamento y sin la debida precaución el trabajo de otro compañero, no hace más que desprestigiar a toda la profesión. No respetar a otros profesionales del medio ambiente, así como personal de apoyo a nuestro cargo demostraría muy baja profesionalidad por tu parte y nos deja al colectivo en mal lugar.
4.3 Cumplir la legislación, normas del sector y buenas prácticas de la profesión y de la especialidad que ejerzas debe ser uno de nuestras principales obligaciones.
4.4 Genera un buen ambiente de trabajo, en armonía con tus compañeros, que es mucho más productivo que generar tensiones innecesarias.
Si te entra un trabajo que ha pertenecido anteriormente o pertenece actualmente a otro compañero, pídele permiso pues entre otras es posible que parte del trabajo realizado aún no lo haya cobrado o pretenda que tú le relices un trabajo indigno que tu compañero no ha querido realizar.
4.5 Difundir tus opiniones negativas sobre otros profesionales puede causar un daño a tu profesionalidad y a la de todo el colectivo de ambientólogos.
4.6 Cuando entregues tus trabajos a tu cliente, estos deberán contener información completa y verídica. Si adicionalmente al trabajo fuese necesario, por ambas partes acordáis ampliar dicha información y también deberá ser veraz.
4.7 Colabora con las autoridades judiciales si se te requiere para realizar informes, valoraciones o peritaje ambiental.
4.8 Si conoces de la falta de profesionalidad de algún compañero o incumplimiento de nuestro código ético, tu deber no es difundirlo sino comunicarlo a tu asociación, federación o Colegio Profesional para que pueda arbitrar una solución a dicha conducta.
4.9 Si vas a subcontratar tus trabajos, ceder tus responsabilidades o informaciones sobre tu cliente, deberás comunicarlo a éste para que te dé su aprobación por escrito.
4.10 Las relaciones contractuales (tarifas, plazos, forma de pago…) con tu cliente deberán quedar plasmados en un documento (contrato, hoja de encargo de servicios, pedido, presupuesto…) de forma clara, completa y que no induzca a confusión. Básate, si quieres, en los honorarios profesionales orientativos que tu asociación, federación o Colegio Profesional te proporciona.
CAPITULO 5: RELACIONES ENTRE COMPAÑEROS
5.1 Los ambientólogos deberán tratarse con absoluto respeto, independientemente de la relación jefe-empleado o compañero-colaborador. Entre ambientólogos no ejercemos competencias ilícitas sino sanas cooperaciones.
5.2 Es obligación de los ambientólogos compartir sus conocimientos y participar en el avance de la profesión y la sociedad. Deberás compartir dichos conocimientos siempre y cuando no se incumplan otras obligaciones del código ético como la confidencialidad con tus clientes o empresa
5.3-4 Si eres conocedor de que un ambientólogo está sufriendo difamaciones o es acusado injustamente por terceros, procurarás salir en su defensa y no contribuir a dichas difamaciones. Si te encuentras con situaciones graves, informa a tu asociación, federación o Colegio Profesional para que intervenga.
5.5 Puede darse el caso en que discrepes con otros ambientólogos en cuestiones, técnicas, científicas y profesionales, pero trata esas diferencias en los foros adecuados, como congresos, grupos de trabajo, etcétera.
5.6 En todos tus trabajos con otros colaboradores donde tú eres el coordinador reconoce por escrito la aportación de dichos colaboradores y sus responsabilidades. Por ejemplo si coordinas un Estudio de Impacto Ambiental con otros profesionales, debe describir en qué apartado ha colaborado para no diluir sus responsabilidades.
5.7 Tu papel de coordinador de trabajos con otros profesionales debe ser conciliador con las diferentes posturas profesionales, velando porque todos cumplan las normas éticas.
5.8 No trates de quedarte con trabajos de otro compañero suplantándolo o interfiriendo en estos sin el debido consentimiento notificado por escrito.
5.9 Anima a tus compañeros ambientólogos a cumplir nuestro código ético. Es bueno para ellos, es bueno para ti y para todo el colectivo.
CAPITULO 6: PUBLICACIONES Y DIVULGACIÓN
Contrasta antes de realizar publicaciones sobre descubrimientos científicos o avances en tu profesión con entidades científicas, técnicas y profesionales de reconocido prestigio en la materia.
En dichas publicaciones no des información de modo prematuro o sensacionalista, información si contrastar o en la que no eres competente intentando utilizar el nombre de ambientólogo como aval de esta competencia.
No falsifiques, ocultes o inventes datos, ni plagies. Si incluyes información otros autores cita las fuentes. No incluyas autores quien no haya contribuido al trabajo. No des a entender que tus informaciones son inéditas cuando algo ya se había publicado anteriormente.
No te atribuyas en exclusiva los méritos de la publicación cuando hayan participado otros profesionales. Si han intervenidos más profesionales deberás consensuar el fondo y forma con ellos.
Evalúa si tu publicación utiliza información que menoscabe la profesionalidad del resto o viole el secreto profesional o contractual.
Si entre tus resultados de investigación obtienes resultados que indiquen riesgos ambientales, fraudes o malas prácticas comerciales, deberás ponerlo en conocimiento de la autoridad competente.
CAPITULO 7: HONORARIOS PROFESIONALES
7.1 No condiciones el cobro o tarifas de tus trabajos en base a los resultados. Por ejemplo, si le indicas a un cliente que vas a cobrar o cobrar más si un proyecto obtiene una declaración de impacto ambiental positiva, estás poniendo en riesgo tu independencia y objetividad, pues enfocarás tu trabajo a obtener dicha declaración aún ocultando datos.
7.2 Cobra lo razonable por tus trabajos, ni por debajo de lo que se pueda considerar un trato indigno a la profesión, ni de forma abusiva. Contempla los honorarios orientativos, que no son de absoluto cumplimiento pero pueden ayudarte a no abusar ni desmerecer tu trabajo.
No admitas condiciones económicas y laborales ilegales o poco transparentes en los contratos de personal, adquisición de equipos e instalaciones, contratación de laboratorios, gestores de residuos…
CAPITULO 8: INCUMPLIMIENTO DE CODIGO DEONTOLOGICO
Incumplir el código ético pone en peligro tu futuro profesional y el prestigio de la profesión. Todo el esfuerzo que estamos realizando los ambientólogos para ganarnos un hueco en el mundo profesional, puede verse dinamitado por la actuación de unos pocos. No incumplas el código, ni permitas que los demás lo hagan, tarde o temprano nos afectará a todos.













